Noticia: Cumplimiento en la entrega de la factura electrónica y alcance de la consulta en línea según la DIAN
La DIAN aclaró que la obligación formal de emitir factura electrónica de venta se considera satisfecha únicamente cuando el documento es entregado al adquirente a través de los mecanismos establecidos en el artículo 35 de la Resolución 000165 de 2023.
Disponer de un portal o sección de consulta en el sitio web del facturador, incluso si existe un acuerdo previo con el comprador, no reemplaza ni exonera el cumplimiento del deber de entrega en los términos exigidos por la normativa.


